Inconstitucional Ley de Títulos de la Misión Vivienda
SALA CONSTITUCIONAL, 06/05/2016
Expediente Nº 16-0397
Magistrada Ponente Lourdes Benicia Suárez Anderson
IV
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en cuanto al requerimiento realizado por el ciudadano Presidente de la República, en uso de la atribución que le asigna el artículo 214 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la facultad que tiene de requerir a esta Sala un pronunciamiento, en el lapso de diez (10) días siguientes a aquél en que haya recibido una ley para su promulgación, en caso de considerar que la misma, o algunos de los artículos de una ley sancionada por la Asamblea Nacional, resulta inconstitucional.